12 de marzo de 2024
El contenido de la publicidad puede ser exigido por las personas consumidoras, aunque no figure expresamente en el contrato.

 

Que la publicidad invade nuestras vidas e influye notablemente en nuestras decisiones de compra, es un hecho incuestionable. Para ello, utiliza estrategias con el fin de crear en la población la necesidad de un producto, usando trucos que maneja para que todo sea atractivo y sugerente.

Pero la publicidad también cuenta con sus propias obligaciones y limitaciones ya que no debe ser engañosa, leal o subliminal. Esto requiere que se ejerza un control sobre la misma, tanto a nivel legal, social, como profesional

Protegiendo a las personas consumidoras

Según la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, el contenido de la publicidad puede ser exigido por los consumidores. Las prestaciones, condiciones o garantías indicadas en la publicidad se pueden reclamar incluso aunque no figuren expresamente en el contrato. No obstante, si el contrato celebrado contuviese cláusulas más beneficiosas, estas prevalecerán sobre el contenido de la oferta, promoción o publicidad.

Asimismo, la norma estipula que las condiciones que aparecen en la publicidad deben ser claras, concretas y sencillas, sin vulnerar el derecho a la información veraz, cierta y objetiva de los consumidores.

La Ley General de Publicidad declara ilícitos los anuncios engañosos, entendiendo por tales los que puedan inducir a error. También se incluye en esta consideración la publicidad subliminal..

 

 

AUTOCONTROL

Es el organismo independiente de autorregulación de la industria publicitaria en España. Constituido en 1995 como asociación sin ánimo de lucro, está integrado por anunciantes, agencias de publicidad, medios de comunicación y asociaciones profesionales, y su objetivo es trabajar por una publicidad responsable: leal, veraz, honesta y legal.

En este momento, alrededor de 600 miembros directos y 4.000 indirectos están vinculados aproximadamente con el 70% de la inversión publicitaria en nuestro país.

Entre otras funciones, sipone de un servicio de tramitacion de reclamaciones a disposición de los cosumidores e materia de publicida o d eprotección de datos frente a empresas sometidas al jurado de autocontrol.